jueves, 19 de agosto de 2010

EMERGENCIA GREMIAL ANTE PROHIBICION DE DIFUNDIR INFORMACION SOBRE SUCESOS

Durante la tarde del 17 de agosto de 2010 se conoció de una decisión del Tribunal 12 de Caracas que prohíbe a todos los medios de comunicación impresa la difusión de fotografías e informaciones referentes a la ola de violencia que atraviesa nuestro país, durante un mes a partir de esta fecha.

Llama la atención de que esta medida se tome en un lapso que coincide con la campaña electoral para los diputados de la Asamblea Nacional, lo que pone en evidencia de que se trata de una medida política, y no una que pretende defender los derechos colectivos y difusos de niñas, niños y adolescentes, públicos a los que no están dirigidos los dos periódicos que originaron la medida. Lo que causa daños morales y psíquicos a esa población en específico no son las informaciones, sino los hechos violentos que se presencian diariamente en la calle.

Ante ello, la Junta Directiva Nacional del Colegio Nacional de Periodista hace un llamado a todas las seccionales del país a declararse en emergencia, pues se está vulnerando la libre circulación de información y opiniones, y se pone en peligro el derecho a la libertad de expresión.

Hemos de recordar que en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela niega la posibilidad de que se censure la información incluso en los estados de excepción, tal como se lee en el artículo 337: "El Presidente o Presidenta de la República, en Consejo de Ministros, podrá decretar los estados de excepción.

Se califican expresamente como tales las circunstancias de orden social, económico, político, natural o ecológico, que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de los ciudadanos y ciudadanas, a cuyo respecto resultan insuficientes las facultades de las cuales se disponen para hacer frente a tales hechos. En tal caso, podrán ser restringidas temporalmente las garantías consagradas en esta Constitución, salvo las referidas a los derechos a la vida, prohibición de incomunicación o tortura, el derecho al debido proceso, el derecho a la información y los demás derechos humanos intangibles".

Esta decisión tomada por un tribunal de la República atenta contra del derecho de los ciudadanos de conocer cualquier información sobre la ola de violencia que se vive, por lo que el CNP y sus 26 seccionales rechazamos la amenaza que representa el control de las informaciones publicadas y difundidas por los medios que pretende establecer el gobierno, valiéndose de los poderes judicial y moral, y exigimos contundentemente que se respeten los derechos constitucionales de los venezolanos, tal como nos lo exige nuestro código de ética y como lo determina el artículo 5 de la Ley de Ejercicio de Periodismo, que nos declara garantes y custodios del derecho del pueblo a ser y estar informado.

Junta Directiva Nacional
Colegio Nacional de Periodistas
Caracas, 17 de agosto de 2010

No hay comentarios: